Si su cónyuge no tiene un estatus legal en este país y le gustaría presentar una petición, DTB Inmigrante LLC puede ayudarlo. Usted debe ser un ciudadano de Estados Unidos o un residente permanente legal para presentar una petición para su cónyuge. Usted debe estar legalmente casado, aquí en los Estados Unidos o en cualquier otro país. El equipo de esta firma pude ayudarlo a iniciar el proceso para obtener el estatus legal de su amado/a en este país y evitar la deportación.
Usted puede pedir a su cónyuge desde el primer día que estén casados. Así que, si planea casarse pronto y le gustaría una petición para su cónyuge, DTB Inmigrante LLC puede comenzar a trabajar por usted para enviar su caso a inmigración tan pronto como sea posible después de que se case.
Petición Familiar (I-130)
¿Quiere otorgarle residencia permanente a su hijo, hija, madre, padre, hermano o hermana? Dependiendo de su estatus legal, ya sea un residente permanente o un ciudadano de Estados Unidos, el personal de la firma le informará qué familiar puede pedir para residencia permanente. La petición es el primer paso, y DTB Inmigrante LLC. puede ayudarle. Una de las cosas más importantes de la vida es su familia, pero desafortunadamente, no siempre puede tenerla tan cerca como le gustaría. A veces eso sucede porque ellos están en su país, y a veces porque ellos viven en el mismo país que usted, pero son incapaces de viajar por el miedo a la deportación. Ayúdenos a embellecer su relación con sus seres amados. Dé el paso hoy y llámenos, le ayudaremos a darle seguridad y cercanía a su mamá, papá o hermano/a. Le ayudaremos a darles el estatus legal permanente para que usted pueda viajar con ellos, visitar nuevos lugares y regresar a su país cuando usted y ellos quieran.
Recuerde que la petición es el primer paso hacia la residencia permanente. El equipo de DTB Inmigrante LLC siempre le ayudará a evaluar su caso antes de presentar cualquier documento a inmigración para evitar ponerlo en riesgo.
¿Sabía que puede pedir a sus hijastros? Sólo necesita probar que su matrimonio con el padre/madre biológico/a existía antes de que sus hijastros cumplieran 18 años.
¿Y qué sucede si usted, un/a hijastro/a ciudadano/a, quiere pedir a su padrastro/madrastra? Podemos ayudarle a otorgarle a su segundo padre/madre la residencia permanente.
Bendiga a sus seres amados con la seguridad de un estatus permanente en este país.